Muchas veces rentamos un inmueble y llegamos a tolerar ciertas acciones por parte del casero que no son las correctas, pero como simplemente no conocemos cuáles son nuestros derechos al rentar tampoco sabemos qué podemos exigir al momento de rentar, por eso no dimos a la tarea de entrevistar al abogado Cervantes del despacho Radice Abogados, con el fin de explicitar los derechos y obligaciones básicos por parte del arrendador y arrendatario.
Sobre los requisitos para rentar un inmueble para habitación, el abogado mencionó que el tema no es del todo claro: “El Código Civil de la ahora Ciudad de México no regula con puntualidad este tema, lo que permite que en la práctica los arrendadores tengan discrecionalidad sobre los requisitos que solicitan”.
Acerca del incremento de la renta, una encuesta a usuarios de DadaRoom.com, expuso que este es el problema más común entre arrendadores e inquilinos al momento de renovar contrato.
“El código civil señala cuál será el incremento anual y con base en qué se determina. En la realidad, el arrendador define el incremento de la renta a conveniencia, pero el arrendatario podría demandar un incremento ilegal”, comentó Vito Cervantes. En el Capítulo IV, sobre el arrendamiento de fincas urbanas destinadas a la habitación, se establece que el incremento de las rentas no debe exceder el 10% de la cantidad pactada como renta mensual.
El depósito es la segunda queja más común entre los encuestados. Juan, de 34 años, comenta: “Llevo 7 años viviendo en la ciudad, y en ninguno de los 3 departamentos que he rentado he vuelto a ver mi depósito, aunque dejaba los departamentos en perfecto estado”.
El Código Civil establece que el depósito se deberá entregar de forma íntegra cuando el inmueble no haya sufrido daños mayores al desgaste normal por su uso: “El arrendatario debe acreditar no tener adeudos, ya sea de rentas o servicios; tras hacerlo, el arrendador tiene la obligación de devolver el depósito”, declaró el abogado.
Acerca de las reparaciones a la propiedad: el dueño tiene la obligación de realizar las reparaciones que necesite el inmueble, por ejemplo, impermeabilizar el techo antes de la llegada de las lluvias, y de mantener en buen estado las conexiones eléctricas, de plomería y chapas de las puertas. En caso contrario, el arrendatario tiene derecho a rescindir el contrato.
Con respecto a la duración del contrato, el Código Civil establece que el arrendamiento de inmuebles destinados a casa habitación no podrá ser menor a un año. “En caso de querer dejar la propiedad antes de la terminación del contrato, el arrendatario debe avisar con la antelación que se haya estipulado en el contrato, y aplicarán las penalizaciones que se incluyan en el mismo”, añade Vito Cervantes.
Existe una escasez en la oferta en comparación con la demanda de vivienda en renta en la CDMX, y esta situación abre la puerta a comportamientos abusivos por parte de algunos dueños. Además de promover un mayor conocimiento en derechos y obligaciones, es clave aumentar la oferta de vivienda en renta en la CDMX para equilibrar esta relación entre arrendadores y arrendatarios.